Ante la creciente recepción en la Confederación Salud Mental España de relatos de personas con problemas de salud mental en lo que se refiere al trato que reciben en los ingresos e incluso ingresos involuntarios no consentidos a los que muchas veces se ven sometidos sin recibir explicación o justificación, en materia de salud o jurídica, elaboramos un informe jurídico con el propósito de analizar, por una parte, la legislación española aplicable en materia de requisitos para el ingreso no consentido de personas afectadas por salud mental en centros hospitalarios psiquiátricos del territorio español, incluidos los protocolos de actuación para acordar el ingreso no consentido de persona afectada por salud mental; las situaciones susceptibles legalmente de producir un ingreso no consentido de personas afectadas por salud mental; y las competencias, capacidad y legitimación para acordar un ingreso no consentido de persona afectada por salud mental. Y, por otra parte, de examinar la legislación vigente y jurisprudencia existente en España aplicable al trato personal —ataduras, sedación, inmovilización, etc.— de personas ingresadas en centros hospitalarios psiquiátricos en el territorio español en contra de su voluntad, que puedan constituir tratos degradantes, vejatorios o coercitivos.
Un informe elaborado en la Clínica Jurídica UNIR-Fundación Fernando Pombo.